miércoles, 29 de septiembre de 2021

PRIMER COMANDO CAPITAL - ARGENTINA

 

Primer Comando de la Capital

 

I

INTRODUCCIÓN:

          El presente trabajo viene a desarrollar la situación actual del “Primer Comando de la Capital, su influencia y su expansión en las unidades carcelarias y en los centros urbanos de nuestro país.

 

II

ANALISIS DE LA SITUACIÓN

II.1 Historia:

El Primer Comando Capital (PCC) nació después de la masacre de octubre de 1992 en la prisión de Carandiru, en São Paulo, en la que las fuerzas de seguridad brasileñas dieron muerte a más de un centenar de prisioneros durante un motín.

En agosto de 1993, un grupo de prisioneros que se encontraban cumpliendo condena en la unidad de Taubaté conformaron el PCC con el objetivo inicial de reclamar justicia por la masacre y presionar por mejores condiciones carcelarias.

Los primeros informes públicos sobre la existencia del PCC se deben a la periodista Fátima Souza en 1997.

En 1999, el grupo llevó a cabo el robo bancario más grande en la historia de São Paulo, mediante el cual se alzaron con treinta millones de dólares.

En los años siguientes, el Primer Comando Capital comenzó a expandirse por las demás unidades carcelarias del Brasil, sobre todo en las ubicadas en Sao Paulo.

En 2001, el Primer Comando Capital coordinó la mayor rebelión carcelaria jamás antes vista en el mundo, con cierres simultáneos en veinte nueve instalaciones de todo el estado de São Paulo.

En 2006, el Primer Comando Capital llevó a cabo la mayor protesta nunca antes vista, con motivo del traslado de sus miembros a otras instalaciones, tomando más de setenta unidades penitenciaria en todo el país y ejecutaron por fuera de las prisiones a más de ciento cincuenta personas.  

A partir de 2010, el Primer Comando Capital comenzó a expandirse al exterior, estableciéndose con operaciones de tráfico de drogas y armas en países vecinos como Bolivia y Paraguay.

En la actualidad el Primer Comando Capital cuenta con más de quince mil miembros por casi todo Brasil y países limítrofes y es una de las organizaciones criminales más poderosas del mundo con vínculos con otras mafias y con el terrorismo.

 

II.2 Dispositivos o Delegaciones:

El Primer Comando Capital, cuenta con los siguientes dispositivos o también llamadas delegaciones: 

a. Casa Matriz: Penitenciaria “Presidente Venceslau” San Pablo - Brasil y Penitenciaria Federal de Brasilia donde se encuentran presos sus líderes máximos.

b. Despliegue Internacional: células y vínculos con mafias en Europa, Asia, África y Norteamérica. Cuenta con vínculos también con la mafia italiana N’drangheta, y con la organización terrorista Hezbollah. 

Cuenta con vínculos en puertos establecidos en América del Sur, puertos establecidos en países europeos como Bélgica y España y también mantiene enlaces con puertos ubicados en África como Sudáfrica y Mozambique.

El Primer Comando Capital tiene influencia en los siguientes países:  Brasil, Paraguay, Uruguay, Chile, Bolivia, Argentina, Perú, Venezuela.

c. Despliegue Regional: el Primer Comando Capital tiene presencia en toda la frontera de Paraguay y Brasil que limita con las Provincias Argentinas de Formosa, Chaco, Misiones y Corrientes.  

Poseen un despliegue de recursos humanos en los sistemas Penitenciarios Federales de Paraguay y Brasil y gran influencia en las calles de los Estados Brasileros del Sur, como ser San Pablo, Paraná, Santa Catarina, Mato Groso do Sur, Manaos, Rodonita, Goias, Minas Gerais y con fuertes vínculos con otras facciones “Os Manos” y Primer Comando de Frontera en Argentina y Rio Grande do Sul.

d. Relaciones Funcionales y de dependencia: Todas las actividades están determinadas por una organización altamente jerarquizada traducidas en “sintonías” cada una articula independientemente para garantizar el correcto funcionamiento de la Organización.

 

II.3 Sintonías:

a. Sintonía General Final: Denominación que recibe la Cúpula actualmente posee un doble comando donde se centran las decisiones por un lado con ubicación en la Penitenciaria Federal de Brasilia

b. Sintonía General dos Estados: Denominación que recibe a la segunda línea de poder del Primer Comando Capital y que se ubica exclusivamente en otros Estados de Brasil, estas suelen tomar nombres propios según los Estados donde se asienten.

c. Sintonía de los Países: Núcleo de Poder del Primer Comando Capital en el Extranjero, tienen cierto grado de independencia, con vínculo directo a la Sintonía General Final, promoviendo el control y tráfico de droga del Primer Comando Capital en el Extranjero, ejemplo de ello es la “Sintonía del País de Paraguay”.

d. Sintonía Final de las Calles: línea de poder, dedicada a las tareas de venta y tráfico de droga fuera de la prisión, suele dividirse la actividad según el estupefaciente ofrecido, también en llevar adelante actividades de sicariato contra competidores ordenadas por la cúpula

e. Sintonía Restrita: Órgano de “Inteligencia” que responde directamente a la Sintonía General Final, su finalidad las tareas de espionaje, vigilancia, seguimiento, reunión de información, inteligencia e identificación de objetivos con el fin de coordinar operaciones clandestinas y asesinatos de funcionarios públicos o competidores.

f. Sintonía Financiera: segunda línea, órgano que regula fiscaliza y ordena la caja económica de la facción criminal y controla la recaudación de la droga como también se encarga de las inversiones que el tráfico de droga demande.

g. Sintonía de los Sistemas: Segunda línea de poder, establecida en las prisiones, tienen el fin de adoctrinar a nuevos soldados y expandir al Primer Comando Capital dentro de las Cárceles.

h. Sintonía de las Herramientas: tercera línea que se encarga de la Logística, compra y venta de armas, vehículos y camiones.

 

II.4 Presencia del Primer Comando Capital en la Zona Fronteriza Argentina.

El segundo bastión de esta organización en suelo Brasileño es el Estado de Paraná, frontera con la ciudad de Puerto Iguazú Misiones.

En Paraguay la región con mayor presencia es la ciudad de Encarnación Itapuá que es frontera con la ciudad de Posadas.

Las unidades Penitenciarias de las ciudades extranjeras anteriormente mencionadas poseen la mayor concentración de miembros del Primer Comando de la Capital bautizados en toda la región de Sudamérica, tanto en Paraguay como en Brasil, a cambio de protección y participación en las ganancias del grupo. 

Los sistemas de reclutamiento se fundan en la participación, en el bautismo y adoctrinamiento principalmente de detenidos en prisiones, y en barrios vulnerables existiendo indicios de su posible presencia en Establecimientos Penitenciarios Argentinos, en los cuales se encuentran cuantiosos detenidos de origen tanto brasileños y paraguayos.

 

II. 5 Presencia en Argentina.

El primer registro de presencia del Primer Comando Capital en Argentina fue a través de Thiago Ximenes alias Matrix,  un narco el cual realizo su bautismo en 2009 en la cárcel federal (U9 Neuquén) del sur argentino y se fugó de la justicia argentina en 2013 escapando del Complejo Penitenciario Federal 1º de Ezeiza.

Otro antecedente fue la presencia de Maciel Wagner quien fue encontrado muerto el 7 de noviembre de 2017 en el Rio Paraná con un tiro en la cabeza, en la ciudad de Rosario de Santa Fe. Este narcotraficante buscaba realizar inversiones y blanquear dinero que había obtenido luego de dirigir el asalto a las bóvedas de Prosegur en Ciudad del Este. Dicho asalto no estaba autorizado por la cúpula final del Primer Comando Capital lo cual provoco que sus líderes decidieran eliminarlo.

En 2017 se lleva adelante un asalto a la sucursal del Banco Macro de la Ciudad de “El Soberbio” en la Provincia de Misiones, donde un grupo comando se hace de una cuantiosa suma de dinero y a posteriori sus miembros son detenidos y llevados presos a cárceles de dicha Provincia del Noroeste Argentino.

En agosto de 2018 miembros de esta organización intentaron copar la cárcel misionera de “Oberá” para rescatar a Vanderlei "Vando" Lopes y a su hermano Rudinei, detenidos el 29 de diciembre de 2017 en el paraje “El Soberbio”, fronterizo con Brasil, con un arsenal de fusiles (FAL), municiones de alto poder y explosivos plásticos.

 

Entre 2018 y 2019 el Primer Comando Capital realizó una seguidilla de intentos de escape y liberación de un grupo narco vinculado a ellos, entre los más conocidos el “negro” Rojas, además se los vinculaba a llevar a cabo el asesinato a del Juez Provincial Fernando Verón y a la conformación de un grupo local denominado Primer Comando de Frontera.

En 2019 el Primer Comando Capital intentó frustradamente llevar adelante el asesinato de una Fiscal Federal Argentina en la ciudad de Posadas Misiones. El plan radicaba en utilizar una serie de sicarios que interceptarían a esta funcionaria y lo asesinarían en su domicilio.

Desde que se inició la pandemia en 2020 a la actualidad se ha incrementado la incautación de drogas que ingresa desde Paraguay y se dirige a las grandes urbes argentinas, destacando que en la mayoría de estas incautaciones suelen existir logos y símbolos identificatorios del Primer Comando Capital. 

 

III

CONCLUSIONES

 

La ubicación de Argentina en relación al fenómeno criminal en estudio y su despliegue, el creciente mercado de consumidores en nuestro país, nuestra permeabilidad fronteriza, la ausencia de políticas firmes y de estado que caracterizan a nuestro país en matera de narcotráfico, la corrupción en las altas esferas del poder político y judicial, el retaceo de pertrechos y la falta de apoyo político a las fuerzas de seguridad, la corrupción que suele lucir en sus cúpulas, en sus delegaciones y subdelegaciones, el escaso control de puertos y aduanas y la situación económica y social paupérrima que viene sufriendo sobre todo el noroeste argentino, constituyen un atractivo irrechazable para que el Primer Comando Capital extienda sus propósitos en la región mencionada y en gran parte de nuestro país como ser Santa Fe, Gran Buenos Aires, y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.  

La frontera de Misiones con Brasil por el Río Uruguay es una zona con escasa profundidad y repleta de piedras que solo los baqueanos saben cómo navegar. Esta complejidad geográfica es aprovechada por los narcos para cruzar en canoas por donde las lanchas no pueden ir.

La creciente presencia del Primer Comando Capital en el territorio oriental de Paraguay puede interpretarse como una etapa temprana de su proceso de expansión geográfica, tendiente a consolidarse como una de las organizaciones criminales más importantes de América del Sur.

En ese proceso de expansión, la lógica geográfica sugiere que Argentina podría tornarse una plaza particularmente atractiva para el grupo paulista, sea como mercados de consumo o por su aptitud para exportar droga hacia mercados de ultramar.

Entre el 2008 y el 2014, la población de las cárceles de Brasil aumentó en un tercio. Cuenta ahora con aproximadamente setecientos mil presos, lo que convierte al Brasil en la cuarta población carcelaria más grande del mundo.

Muchos de los internos cumplen condenas por crímenes vinculados con drogas.

Las cárceles situadas en la zona del noroeste argentino cuentan con una población carcelaria que asciende a los seis mil reclusos, en cambio el sistema penitenciario bonaerense podría ser el más influenciado ya que registra un total aproximado de cuarenta y cinco mil presos, y el Servicio Penitenciario Federal no llega a superar los diez mil en todo el país.

Ahora bien, teniendo en cuenta la situación general expuesta en los párrafos anteriores, cabe señalar que el Primer Comando Capital podría incorporar adeptos dentro de las cárceles situadas en las Provincias de Misiones y Formosa en muy corto plazo.

Una vez que el Primer Comando Capital estreche vínculos o consiga los adeptos o socios necesarios, comenzará su expansión hacia las cárceles centrales de nuestro país y hacia las zonas centrales donde puedan desplegar su actividad y obtener los rendimientos que proyecte en materia de narcotráfico.

Una vez consumado el poder y obtenida la hegemonía en el interior de las comunidades carcelarias, la expansión continuará en las calles, tal como sucedió en Brasil y Paraguay.

Los clanes locales como “Los Monos” y otras bandas dedicadas al tráfico ilegal de drogas, quizás primero intenten competir y combatir por el liderazgo del mercado, pero también es muy probable que se asocien o lo que es también posible es que terminen siendo derrotados por el Primer Comando Capital, de lo que resultaría la colonización de toda la actividad ilícita para que el Primer Comando Capital la desarrolle a su imagen y semejanza.

Por último, es menester agregar que el Gobierno Argentino, debería tomar nota de la situación y diseñar las políticas necesarias en materia de seguridad y justicia para prevenir, anticiparse y evitar que este grupo criminal se filtre o penetre en nuestro país con mayor profundidad y hacer abortar sus misiones a las cedulas que ya se han instalado. 

 


 

 

 

 

jueves, 30 de enero de 2020

EL POLITICO QUE CASI MUERE POR SU PROPIA LEY




STEPHEN ROB NUNN, EL POLÍTICO QUE CASI TERMINA MUERTO POR SU PROPIA LEY.

STEPHEN ROB NUNN nació el 4 de noviembre de 1952 en Glasgow, Kentucky, Estados Unidos de Norteamérica.

STEPHEN ROB NUNN es hijo del difunto Gobernador de Kentucky Louie B. Nunn y la Primera Dama Beula Cornelius Aspley Nunn.

STEPHEN ROB NUNN fue elegido para representar al distrito veintitrés en la Cámara de Representantes del Estado en 1990 al derrotar al demócrata Danny Basil. El distrito tenía recintos en los condados de Barren y Metcalfe. En 1996, los recintos en el condado de Metcalfe serían reemplazados por recintos en el condado de Warren. 

STEPHEN ROB NUNN no tuvo oposición en 1998, 2000, 2002 y 2004.

Mientras permaneció en el cargo, STEPHEN ROB NUNN era conocido como el abanderado y defensor de las mujeres y los niños.

En 1998 fue uno de los personajes más destacados de la política de aquel Estado que propiciaba una ley que en la que el delito de violencia domestica debía ser condenado con la pena capital, es decir la pena de muerte.

La vida política de STEPHEN ROB NUNN, fue exitosa, pero según describieron allegados a su entorno íntimo, siempre sintió frustración por no poder lograr lo que logró su padre. Su carrera política llegó a una meseta y luego empezó a decaer.

La vida intima STEPHEN ROB NUNN, no se asemejaba en nada con la de sus padres, el libertinaje en sus relaciones y los excesos le presentaron algunos vicios que perjudicaron su ascenso.     

Justo cuando parecía que STEPHEN ROB NUNN había tocado fondo, en 2007 tuvo una tercera oportunidad de enamorarse.

STEPHEN ROB NUNN conoció a AMANDA ROSS que era hija de un padre políticamente poderoso y recientemente fallecido.

AMANDA ROSS tenía 20 años y la intención de hacer carrera en política.
La pareja se comprometió en 2008.

STEPHEN ROB NUNN y AMANDA ROSS, crecen políticamente y él es nombrado Subsecretario del Departamento de Salud y Servicios Familiares del estado, supervisando los programas de bienestar social, incluidos aquellos que se ocupan del abuso conyugal.

Pero los públicos y notorios hechos de escándalos protagonizados por la pareja se hacían públicamente más interesantes que sus vidas políticas.

Las peleas entre STEPHEN ROB NUNN y AMANDA ROSS escalaban en violencia.
AMANDA ROSS presentó una orden de protección. Y la Justicia le otorgó la orden de restricción, exigiendo que STEPHEN ROB NUNN no tenga contacto con AMANDA ROSS durante un año.

A las 48 horas del fallo, STEPHEN ROB NUNN presentó su renuncia al Departamento de Salud y Servicios a la Familia.

El 11 de septiembre de 2009, AMANDA ROSS salía de su departamento y fue muerta a tiros. No hubo testigos del asesinato, pero la policía dada la denuncia sospechó de STEPHEN ROB NUNN.

STEPHEN ROB NUNN fue detenido el mismo día y luego acusado del asesinato de AMANDA ROSS.

En un acuerdo para evitar la pena de muerte, un castigo requerido por la ley de violencia doméstica que STEPHEN ROB NUNN defendió hace años, STEPHEN ROB NUNN se declaró culpable a cambio de una sentencia de cadena perpetua sin libertad condicional.


miércoles, 14 de agosto de 2019

MEDIOS VERTICALES Y NUEVAS PLATAFORMAS

MEDIOS VERTICALES Y NUEVAS PLATAFORMAS
Los medios verticales o también llamados medios tradicionales han dejado de emitir hace mucho tiempo programas de entretenimiento general, como así también programas periodísticos donde la información -no sesgada- permitía a su audiencia, generar su propia reflexión o pensamiento.
Dentro de ese marco el individuo apelaba a su libre interpretación y desarrollaba su propia conclusión.
En el mundo moderno, salvo algunas excepciones, los medios editoriales forman la opinión e incluso juzgan situaciones, que son propias del sistema judicial o del arte de la medicina. (Es por ello que muchos desistieron de consumir este tipo de servicio de comunicación)
Esta actitud, de mayor manera, hizo que el oyente disminuyera o haga huelga de su necesidad de razonar.
Pues esto ocurre así, ya que el individuo que no logró resistirse a esta intromisión, cede ante el poder del medio o programa, el que por agotamiento, termina pulverizando las facultades que poseía "el oyente" para madurar la información y sacar su propia opinión.
En este punto, es donde se produce la sustitución del razonamiento del sujeto pasivo (oyente) por la del sujeto activo (medio)
Hete aquí,  que muchos programas son generadores de opiniones, cuentan con el apoyo de un aspostolado, que trasmite la idea formada al común de los oyentes quienes sin mayor resistencia la dan por cierta e incontrastable.
El otro ingrediente es la saturacion de la información. Algo muy habitual.
Los medios verticales rescatan escasos temas de interés diario y los repiten hasta colmar los ánimos de los oyentes a tal punto de provocar fanatismos o angustias de todo tipo.
Todo esto trae consecuencias. Algunas muy graves; sobre todo cuando se tratan temas deportivos o políticos.
Las redes sociales no son ajenas a esta situación.
Pero tanto las redes sociales como las nuevas plataformas de audio y video, que hoy existen están logrando desconectarnos de los medios editoriales que asfixian a muchos clientes, para volver a darles oxigeno puro.
Las modernas sociedades, masivamente, van migrando a las nuevas plataformas que brindan información útil, lisa y llana, como así también recurren a un espacio solaz y recreativo para compartir con sus familias.
¿Sera el momento de repensar los medios verticales, o estamos ante el comienzo de su fin?

lunes, 14 de septiembre de 2015

“DRONES” Y SEGURIDAD EN LA CIUDAD.-

“DRONES” Y SEGURIDAD EN LA CIUDAD.- 

 La Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) reglamentó la utilización de “drones” y sumó requisitos obligatorios que incluyen exámenes psicofísicos y controles de alcoholemia para quienes manejen estos vehículos aéreos no tripulados.

 La norma figura en el Boletín Oficial bajo el título de "reglamento provisional de los vehículos no tripulados", a través de la resolución 527.

 "El desarrollo científico y técnico motivó la irrupción de nuevos usuarios y aparatos en el espacio aéreo y, entre éstos, los sistemas de aeronaves no tripuladas o UAS (por su sigla en inglés), a las aeronaves pilotadas a distancia, las plenamente autónomas o la combinación de ambas". La Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) se encuentra elaborando el marco normativo que regulará la operación de “drones” a nivel internacional. 

 Como consecuencia de la carencia de una norma internacional en la materia, la operación de los vehículos aéreos no tripulados carece de una normativa interna específica, lo que no fue óbice para el desarrollo de la industria nacional al respecto, su comercialización y uso, tanto con fines recreativos como comerciales". 

 Los “drones” no son reconocidos como aeronaves por carecer de un piloto que los tripule a bordo. Es por eso que el código aeronáutico no contemplaba el uso de los Vehículos Aéreos no Tripulados y se hacía necesaria una reglamentación específica que contemple a los pilotos desde tierra.- 

 El Gobierno de la Ciudad, reconoce la autoridad de la ANAC en la reglamentación sobre el espacio aéreo nacional. Cabe destacar que dicho reconocimiento no implica la cesión de responsabilidad sobre la seguridad de la misma. 

 Como consecuencia de dicha reglamentación se le prohíbe su utilización en manifestaciones o uso en catástrofes en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires. Tampoco la Policía Metropolitana podrá utilizar los “drones” como apoyo logístico para el cuidado y defensa de la ciudad. 

De la única manera que la Policía Metropolitana y demás fuerzas con jurisdicción en esta ciudad puedan hacer uso de esta innovación es a través de una ley especial, que aún no existe.- La utilización de “drones” para identificación de personas, debe ser normada y aceptada por el Ministerio de Justicia y Seguridad de la C.A.B.A, la Policía Metropolitana y el Ministerio Público Fiscal. 

 Lo que se debe conseguir es, que la Legislatura de la Ciudad, proyecte una ley especial complementaria que reglamente el uso de “drones” para la Policía Metropolitana. Sería loable que el Congreso Federal haga lo propio y que las legislaturas provinciales también cuenten con normativa local.- 

 En cuanto a la seguridad es menester recordar que ningún organismo puede prohibir la compra y utilización de este tipo de equipamiento para luchar contra la inseguridad. La ley debe aclarar la independencia de la Policía Metropolitana dejando a su criterio la regulación del equipamiento necesario según las distintas ocasiones en que serán utilizados, teniendo en cuenta la regulación de la ANAC. 

 La normativa interna debe ser creada por el Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad de Buenos Aires y la Policía Metropolitana conjuntamente con personal que sea idóneo en el tema. La utilización de VANT, por fuerzas de seguridad se puede dividir en dos, Francia y el Reino Unido los utilizan para el control y el seguimiento e identificación en manifestaciones, en cambio EEUU, ha ido más lejos y ha aprobado por ley su utilización como apoyo policial armado, cabe aclarar que con armas no letales y gas lacrimógeno, como dispositivos adicionales a su infantería. 

 Pero estos equipamientos no son solo utilizados por la Policía, los Servicios de Emergencias utilizan vehículos no tripulados terrestres para el trabajo en catástrofes y como complemento de transporte de equipos. Las Prefecturas los utilizan como sistemas S.A.R. (search and rescue), búsqueda y rescate de personas e identificación de derrames. 

 Los Bomberos los utilizan para considerar las dimensiones de un incendio y la manera de extinguirlo. Por esto se recomienda a la Policía Metropolitana crear la División de Investigación y Desarrollo de VANT-SNT de la Fuerza, para que su trabajo y funciones estén determinados por el Ministerio de Justicia y Seguridad de la C.A.B.A. 

 Equipo de Seguridad Unión Por la Libertad Nicolás Sabán, Juan Manuel Merlo, Sebastián Dónofrio, Sebastián Smoler y Maximiliano Raúl Rima.-

sábado, 13 de diciembre de 2014

La Seguridad Pública y la Seguridad Ciudadana son Conceptos Distintos

La Seguridad Publica y la Seguridad Ciudadana son Conceptos Distintos Es importante empezar por comprender la diferencia entre la Seguridad Pública (Estado) y la seguridad ciudadana (Individuos). Son temas que no solo deben ir de la mano, sino que deben ir coordinados unos con los otros. Si bien parecen casi lo mismo, no lo son. Por eso es menester diferenciarlos. La seguridad ciudadana, incorpora los estándares de derechos humanos como base; y a la vez como límite infranqueable para las intervenciones del Estado. Estos emanan de los instrumentos que conforman el Derecho Internacional que garantizan los Derechos Humanos, de los pronunciamientos y la jurisprudencia que dictan los organismos de contralor que integran los diferentes sistemas de protección. La Seguridad Ciudadana debe ser concebida como una política pública, entendiendo por ésta a los lineamientos o cursos de acción que definen las autoridades de los Estados para alcanzar un objetivo determinado, y que contribuyen a crear o a transformar las condiciones en que se desarrollan las actividades de los individuos o grupos que integran la misma, con miras a mejorar la sociedad. La Seguridad Pública es un concepto proyectado al ámbito de lo público, es decir, llevándolo donde la actividad estatal se patentiza por el ejercicio de sus potestades a través de diferentes funciones, sean éstas de orientación, organización, administración, planificación, dirección, fiscalización, prevención, represión, etcétera; con el fin de garantizar el bien de la sociedad. Hoy en día es alarmante la alta sensibilidad de todos nosotros frente al impacto de los actos de violencia o el crecimiento de determinados delitos. Puede verificarse que cada vez más ciudadanos reaccionan intentando hacer justicia por mano propia. Es necesario que la seguridad de nuestra sociedad no sea solo un tema de desarrollo de debates electorales con interés en el corto plazo. Su objetivo debe ser informar adecuadamente a la sociedad, como así también de convocar a las instituciones públicas, a las organizaciones sociales, a los medios masivos de comunicación y a la comunidad en general, para reflexionar sobre los factores que inciden sobre esta problemática y sobre las medidas realmente eficaces para mejorar las condiciones de vida de la población frente a la amenaza de la violencia y el delito. Para concluir debemos mencionar que una de las principales obligaciones estatales se vincula al esclarecimiento judicial de conductas, con miras a eliminar la impunidad y lograr su no repetición. Sin duda la adecuada y eficaz administración de justicia por parte del Poder Judicial, y en la medida correspondiente por entes disciplinarios, tiene un rol importante no sólo en términos de reparación al daño causado a los afectados, sino también en términos de disminución del riesgo y el alcance del fenómeno. Es fundamental que la seguridad ciudadana sea generada a partir de un vínculo entre la comunidad y el Estado. Dr. Maximiliano Raúl RIMA. Dr. Sebastián GARCIA D’ONOFRIO.-

jueves, 6 de noviembre de 2014

REFORMA DEL CODIGO PROCESAL PENAL DE LA NACION

Bienvenido el debate por la reforma del Codigo Procesal Penal Por Dr. Maximiliano Raúl Rima y Dr. Sebastián García D`Onofrio, Equipo Técnico de Seguridad de Unión por la Libertad. Durante el mes de noviembre del corriente año comenzó a tratarse el Proyecto de Reforma de nuestro Código Procesal Penal. Es un debate que lleva mucho tiempo de espera y que la sociedad misma necesita. En esta reforma, se busca mejorar la calidad de nuestro sistema procesal penal como también brindar una mejor administración justicia.- En la actualidad tenemos un modelo mixto donde el Juez desarrolla la doble función de investigar y resolver. Los jueces reúnen las pruebas y deciden en mérito a ella.- Con la reforma se busca pasar de un sistema inquisitivo a un sistema acusatorio: Es decir, el juez resuelve, el defensor defiende y el fiscal investiga. En el sistema inquisitivo el proceso lo dirige el Juez manejando los tiempos de la investigación, en cambio en el sistema acusatorio es el fiscal el encargado y responsable de la investigación. Los roles pasan a estar mucho más claros, hay división de funciones y las responsabilidades también están más claras. Este cambio es tan importante que se escuchan voces desde todos los sectores de la sociedad. La incorporación del sistema acusatorio es parte de saldar una deuda de años que arrastra el Código vigente. Este nuevo sistema ya es aplicado en gran parte de las provincias argentinas y de América Latina. Con esta reforma se pretende que el nuevo Código Procesal Penal logre más celeridad y transparencia. Con la oralidad como principio para garantizar la justicia en tiempos más cortos y con ello, se obtenga inmediatez y agilidad.- Además, es necesario resaltar que con esta nueva iniciativa, las víctimas podrán participar del proceso junto al fiscal. Con estos cambios los fiscales fijaran sus energías en conseguir pruebas para plantearlas en el marco de una audiencia oral. Su capacitación girará en torno a ello y se fomentara la formación de equipos de investigación destinados a dichos fines. Más de doscientos jueces de la Cámara Federal de Casación Penal, la Cámara del Crimen, de tribunales y juzgados de la justicia federal y nacional ya habían planteado la necesidad de una reforma de esta legislación. La discusión fue consensuada en los espacios académicos, en los que hubo debates contundentes sobre las ventajas de un sistema acusatorio. Las carencias del sistema actual fueron señaladas también en la jurisprudencia argentina, incluso por parte de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que indicó en sus precedentes la necesidad de adecuar la legislación procesal a las pautas y necesidades actuales. Abogados, fiscales y defensores también destacaron la necesidad de “modernización del sistema” judicial.- No podemos dejar de mencionar que también es muy importante la modificación de las leyes de organización del Poder Judicial y del Ministerio Público. Es necesario aprovechar esta oportunidad para lograr una reforma integral del sistema de administración de justicia penal. Este proyecto de código presenta algunas cuestiones negativas a la vista de muchos profesionales del derecho. Una de ellas es: que según la letra de este nuevo código de procedimientos en materia penal es muy probable que se pueda acceder a una discrecionalidad casi ilimitada y esto generar sentencias contradictorias u opuestas por casos similares, así que cada Juzgador interpretará conforme su criterio los hechos y las pruebas llevadas a juicio ya que no hay limitaciones taxativas como es en el caso de las excarcelaciones.- Si bien el derecho penal no admite la analogía, todos los fallos se fundan en precedentes y doctrina, los cuales a lo largo del tiempo van estableciendo ciertos modos y parámetros para tomar decisiones judiciales. Esto practica se realiza con el afán de unificar el derecho y eso es lo que alarma a muchos letrados ya que este nuevo procedimiento da lugar a que puedan darse casos de desigualdad en el tratamiento y en decisión de los Tribunales.- Sin embargo es necesario que el resultado de esta reforma produzca un cambio en la manera de pensar nuestro sistema penal. Y que permita acercar al ciudadano a recuperar la confianza en el servicio de justicia. En este caso en la justicia penal. Las demandas sociales, por estar cada vez con mayor indefensión ante los hechos cotidianos, reclaman mayor protección. Celebramos un sano debate y constructivo para la historia de los argentinos y no para Gobiernos de turno. Todo esto no tiene sentido si no se busca una independencia real y profunda de la justicia. Dr. Sebastián GARCIA D´ONOFRIO Dr. Maximiliano Raúl RIMA. Equipo Técnico de Seguridad Participo: Ricardo Raúl BENEDETTI (Secretario de Acción Política)

martes, 28 de octubre de 2014

SEGURIDAD E INCLUSIÓN SOCIAL


SEGURIDAD E INCLUSIÓN SOCIAL
Creación de un Cuerpo Policial de Prevención Social del Delito y de la Violencia

La presencia del Estado en los barrios carenciados es muy importante para el desarrollo de sus habitantes.
         La Policía,  como otros servicios públicos,  tiene un rol preponderante en materia de inclusión social. 
         Es habitual el atropello que sufren estos ciudadanos sobre sus derechos, tanto por parte del estado como por parte de la sociedad misma.
       Por momentos pareciera que estos barrios en proceso de urbanización  tuvieran restringido el ejercicio y la garantía de sus derechos.-
       La Seguridad Pública radica en la justicia social, consistente en la protección integral e igualitaria de los derechos humanos,  civiles, políticos, económicos, sociales, culturales y ambientales. El estado  debe  promover  el  bienestar general y el desarrollo tanto individual como  familiar,  garantizando el acceso a la educación y  a la salud instando también a la inclusión cultural, social y deportiva de todos los habitantes.-  
       Urbanizar implica aceptar que esos trazados informales sean parte de la ciudad formal.  Implica también reconocer que quienes habitan en ellos son parte esencial de la ciudad y necesitan la presencia integradora del Estado. Qué mejor que hacerlo desde un Cuerpo de Policía Especial como representante del Estado, sobre todo en barrios en procesos de urbanización.
        Es necesario un Estado integrador,  con control territorial, con presencia visible y que aleje toda posibilidad de instalaciones de centros de narcotráfico y delincuencia en general.-
        La formación y presencia de una Policía especial, integradora, pacificadora, preventiva y formadora de valores, es un pilar fundamental para brindarle a estos barrios carenciados, la seguridad necesaria para su desarrollo.
        La propuesta consiste en la Creación de un Cuerpo Policial de Prevención Social del Delito y de la Violencia.
       El objetivo de este cuerpo policial consiste en la prevención y reducción de la violencia, (desde la niñez y especialmente la adolescencia).  No se sustituirá  la tarea policial de vigilancia pero se hará mayor hincapié en un  accionar policial integrador.  La presencia de formadores y conductores en distintas disciplinas (culturales, deportivas, etc), harán posible mantener un contacto periódico con la comunidad del barrio, integrándolos  y escuchándolos, atendiendo a sus necesidades sociales.-
         Su tarea se basará inicialmente  en la confección de un diagnóstico elaborado a partir de un relevamiento de necesidades y problemas, el que se realizará con la participación de los ciudadanos de estos barrios carenciados y a partir de ahí se pondrán en marcha los mecanismo integradores anteriormente mencionados.-  
Equipo Técnico de Seguridad de UPT.-
Dr. Sebastián GARCIA D’ONOFRIO.-
Dr. Maximiliano Raúl RIMA.-